Institucional

Estatuto de la CACJS

SÍNTESIS DEL ESTATUTO PARA LAS COMISIONES DE LAS ARMAS, TROPAS TÉCNICAS, SERVICIOS Y  ESPECIALIDADES, EN LO REFERIDO A LA CABALLERÍA

Propender a la real y efectiva unión de los Cuadros en actividad, retiro y de la reserva; exaltar, mantener y acrecentar, dentro de las más puras tradiciones, el “espíritu del Arma” y velar por el registro y la actualización continuada de su historia.

  1. Vincular al personal del Arma sin distinción de grado o situación de revista.

  2. Estimular la vocación de perfeccionamiento (en particular en lo ético-espiritual) mediante la exaltación y vigencia de los valores histórico-espirituales del Arma, cualquiera sea la forma orgánica a la que la evolución de la guerra la hubiese llevado en cumplimiento de sus funciones intrínsecas.

  3. Adherir espiritual y personalmente a los hechos nacionales destacados, realizados por sus integrantes, o de instituciones militares y civiles que directa o indirectamente refluyan sobre el Arma.

  4. Mantener relaciones con instituciones militares y/o civiles, nacionales y/o de países amigos que, por el género de sus actividades, contribuyan o faciliten el cumplimiento de la misión y funciones de la Comisión.

  5. Estimular las cualidades y espíritu de capacitación de los miembros y elementos del Arma mediante el otorgamiento de premios y/o reconocimientos.

  6. Celebrar el Día del Arma y de su Santo Patrono.

  7. Recopilar y actualizar permanentemente los aspectos relacionados con la historia del Arma mediante un estrecho contacto con la Dirección de Estudios Históricos del Ejército y toda otra institución oficial o privada que, por sus características, pueda contribuir a acrecentar su acervo histórico.

  8. Apoyar la organización de la “Biblioteca y el Museo del Arma”, en cada escuela o unidad del Arma, auspiciando su completamiento y perfeccionamiento.

  9. Administrar eficientemente el patrimonio con que cuenta la Comisión.

  10. Fomentar mediante publicaciones periódicas el espíritu de investigación, el hábito de la lectura y la expresión escrita de las ideas en asuntos relacionados con los acontecimientos históricos y técnico-profesionales que interesan al acervo y formación del personal del Arma.

  11. Estimular el deseo de superación del personal del Arma, mediante la organización de torneos y concursos profesionales y deportivos

  12. Estimular la capacitación y bienestar de los miembros y elementos del Armas, mediante acciones concretas de apoyo a los mismos.

La Comisión del Arma estará constituida por personal en actividad y retiro, estos últimos previa conformidad, en cantidades que guarden un equilibrio numérico, designados por el señor JEMGE, a propuesta de la respectiva Comisión existente. Se le asignarán los cargos siguientes:

  1. Presidente:

  1. Un Oficial Superior del grado de General, proveniente del Arma en situación de retiro.

  2. Los presidentes de comisiones en situación de retiro revistarán durante el tiempo que dure su mandato bajo la situación de revista de Artículo 62.

  1. Vicepresidente 1ro: Un Oficial Superior en actividad del Arma destinado en la Guarnición Militar BUENOS AIRES o CAMPO DE MAYO (excepto Sr (s) JEMCFFAA, JEMGE y Subjefes respectivos y Grl(s) Div).

  2. Vicepresidente 2do: Un Oficial Superior del Arma en situación de retiro.

  3. Secretario: Oficial Superior o Jefe en actividad o retiro del Arma con destino o residencia en la Guarnición Militar BUENOS AIRES, CAMPO DE MAYO.

  4. Prosecretario: Un Jefe en actividad o retiro del Arma con igual destino de revista que el Secretario.

  5. Tesorero: Un Oficial en actividad del Arma con destino próximo a la sede de la Comisión.

  6. Protesorero: Un Oficial, en lo posible en actividad, con destino al del Tesorero o a la sede de la Comisión. 

  7. Vocales: Según lo que determine cada Comisión, teniendo en cuenta la conveniencia de mantener una adecuada representación de personal de Oficiales y Suboficiales, en actividad y retiro (preferentemente de aquellas promociones de reciente retiro).

  8. Encargado: Un Suboficial Superior, en situación de actividad o retiro (convocado de conformidad con el artículo 62 de la Ley para el Personal Militar), con destino en la sede de la Comisión, que prestará servicio en forma permanente en ella con perjuicio de otras funciones en el destino de revista.

Bajo control funcional del Vicepresidente 1ro, se desempeñarán a este efecto:

  1. Delegados: Un Oficial Superior y un Suboficial Superior en actividad por cada comando superior y EMGE.

  2. Subdelegados: Todos los Jefes de Unidades y Subunidades independientes del Arma y sus respectivos encargados.

    1. Designación de los miembros

      La designación del Presidente de la Comisión respectiva la efectuará el señor JEMGE, a propuesta del CSAC:

El resto de los miembros de la Comisión serán propuestos por su Presidente, con acuerdo del Consejo Superior del Arma. La constitución de la Comisión será publicada por BPE. En la integración de la lista a proponer se deberá tener en cuenta que esté representada la mayor cantidad de promociones posibles.

    1. Encargado

Con la finalidad de lograr cierta continuidad, especialmente en el diligenciamiento de la documentación y otras tareas que están estrictamente ligadas a la permanencia, el Presidente de la Comisión propondrá como Encargado a un Suboficial Superior, en lo posible, en actividad,  quien revistará “en comisión” en la sede de la Comisión.

  1. Delegados
  1. Los Comandos Superiores (EMGE, IIMM y GGUUB) designarán sendos Delegados ante la respectiva Comisión.
  2. Serán seleccionados entre el personal de mayor jerarquía que preste servicios en esos destinos y su designación será publicada en BPE.
  3. En las Guarniciones Militares en que existan más de un elemento con personal de Caballería, el contacto entre los Delegados es un imperativo para lograr el éxito en el cumplimiento de sus funciones.
    El Delegado de mayor grado o antigüedad realizará la coordinación necesaria para lograr una mayor cohesión espiritual del Arma y evitar la duplicación o superposición de esfuerzos dispersos.
  1. Subdelegados
  1. Dentro de la jurisdicción de cada Comando Superior, todos los elementos dependientes en que reviste personal del Arma designarán un Subdelegado ante la respectiva Comisión.
  2. En las Unidades/Subunidades independientes, el Subdelegado será el Jefe del respectivo elemento.
  3. Idem 5. c. 3).
  1.  Mandatos

  1. Duración
  • Del Presidente: La determinará el JEMGE, a propuesta del CSAC.

  1. Del Vicepresidente 1ro: Vinculada al ejercicio del cargo según orgánica de la Fuerza.

  1. Del Vicepresidente 2do: DOS (2)  años.

  1. De los Vocales: TRES (3) años.

  1. Extensión del mandato
  1. Del Vicepresidente 2do: Hasta DOS (2) veces.

  2. Resto de la Comisión: Hasta UNA (1) vez en el mismo cargo.

  1. Renovación

  1. La Comisión se deberá renovar anualmente en un QUINCE POR CIENTO (15%) de sus miembros.

  1. El Encargado permanecerá en sus funciones el mayor tiempo posible, salvo que causas de fuerza mayor obliguen a su renovación.

  1. Los Delegados y Subdelegados se desempeñarán como tales mientras duren en su cargo en el destino y deberán ser reemplazados automáticamente por el más antiguo en el caso que se produzca el pase o cambio de situación de revista. Simultáneamente se efectuará la comunicación correspondiente a la Comisión del Arma, junto con la propuesta del correspondiente Comando.

  1. Cuando se produzca la renovación del Presidente, la puesta en posesión del cargo se efectuará en el marco de una ceremonia cuya oportunidad la fijará el Presidente del Consejo Superior del Arma.

Se constituye como sede la Dirección de Remonta y Veterinaria.

  1. El patrimonio de la Comisión estará constituido por DOS (2) grandes grupos de ingresos: voluntarios y obligatorios.
  2. Los bienes y fondos ingresados deberán ser fehacientemente documentados.
  3. Los ingresos voluntarios no son fijos y estarán constituidos por contribuciones, donaciones, subvenciones, asignaciones, legados, cuotas del personal retirado, etc.
  4. Los ingresos obligatorios estarán constituidos por una cuota fija, aportada por todo el personal del Arma en actividad, que no podrá superar el CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5 %) del código 01 haber mensual, a descontar directamente por la Contaduría General del Ejército.
  5. El personal dado de baja, por causas que no atenten su honorabilidad, y otras personas que deseen participar dentro del Arma, Tropa Técnica, Servicio o Especialidad (personal de la Reserva, ex cadetes o aspirantes, etc) se los podrá considerar como adherentes y se les fijará una cuota de contribución anual. El personal en esta situación no puede integrar la Comisión.
  6. Estos fondos se emplearán para:
    a. En un porcentaje mínimo, atender los gastos propios del funcionamiento de la Comisión.
    b. Gastos de premios, reconocimientos, festejos del Día del Arma, Tropa Técnica, Servicio o Especialidad, donaciones a las Bibliotecas y Museos del Arma, etc, que deba atender la Comisión o como refuerzo de las partidas que otorgue la Superioridad para estos fines.
  1. Reuniones de la Comisión

    Las reuniones serán de dos tipos: ordinarias y extraordinarias.
    Las reuniones ordinarias se realizarán DOS (2) veces al año en las oportunidades que el Presidente de la Comisión lo determine y tendrán por finalidad considerar el cumplimiento del Estatuto.
    Las reuniones extraordinarias se realizarán por propia determinación del Presidente o a pedido de uno de los integrantes de la Comisión.
    Estos pedidos podrán hacerse directamente al señor Presidente o canalizarse a través del Secretario.

  1. Quórum y aprobación de resoluciones

    Se considerará que existe reunión de Comisión cuando la asistencia de sus miembros sea de la mitad más uno.
    Las resoluciones se adoptarán por mayoría.  El Presidente, aparte de emitir su voto como miembro de la Comisión, deberá desempatar en caso necesario.
    Las reuniones ordinarias se realizarán con el personal presente y podrán adoptar resoluciones TREINTA (30) minutos después de transcurrido el horario fijado para su realización en los casos que no exista quórum inicialmente.

  1. Homenajes.

    1. El homenaje más importante a cargo de la Comisión será el que reciba el personal anualmente con motivo del Día del Arma y su venerado patrono. En él, se incluirá el correspondiente a los muertos del Arma, en y por actos heroicos y del servicio.

    1. Otros homenajes a propiciar serán oportunamente estudiados y resueltos particularmente por la Comisión respectiva.

  1. Premios y Reconocimientos.

    1. Se otorgarán al personal en actividad o retiro integrantes del Arma anualmente, en oportunidad de festejarse su día y el de su venerado patrono.

    2. Los premios y reconocimientos podrán consistir en réplicas, medallas y diplomas.

    3. Los premios y reconocimientos básicos a otorgar anualmente serán los siguientes:

3. Reconocimiento de honor.

Consiste en medalla de oro, réplica, diploma u objeto representativo. Será otorgada por resolución en pleno de la Comisión, en caso de mérito extraordinario a la persona que se haya distinguido o realizado un aporte trascendendente al Arma de la jerarquía de Oficial o Suboficial y sus equivalentes.

4. Premio estímulo.

Consistente en réplica, medalla de plata y diploma. Será otorgado al: Oficial del Arma que egrese con las más altas calificaciones de la ESG, EST y CMN. Suboficial del Arma que egrese con las más altas calificaciones de la Escuela de Suboficiales. Oficial del Arma que termine con las más altas calificaciones el Curso Básico de las Armas y el Curso Avanzado de las Armas o sus equivalentes. Suboficial del Arma que termine con las más altas calificaciones el Curso de Perfeccionamiento Avanzado y el Curso de Perfeccionamiento Medio o sus equivalentes. Personal de Oficiales y Suboficiales que en cada caso la Comisión considere acreedor a recibir esta alta distinción.

  1. Para el cumplimiento de su cometido la Comisión empleará todos los medios que resultaren adecuados en concordancia con los principios y procedimientos fundamentales de ética, disciplina y organización de las FFAA, aplicados dentro de los lineamientos que establece el presente Estatuto acorde con lo determinado por las leyes y reglamentos militares.

  2. Consecuentemente, con los medios disponibles estructurará un plan y programa anual de actividades abarcando las responsabilidades de todos los campos que son de su interés, afines con los objetivos establecidos en el presente Estatuto.

  3. Para una mejor divulgación de las actividades mencionadas, sin perjuicio de otras medidas que la Comisión considere idóneas, se recabará con la debida antelación la publicación en medios oficiales de difusión de la Fuerza (BPE, publicaciones específicas, etc).

  4. La Comisión está autorizada, en la persona o con la firma del Presidente, para dirigirse directamente a todos los Comandos, Institutos, Organismos, Unidades, Subunidades Independientes, etc, del Ejército para el mejor cumplimiento de los fines y objetivos señalados en el punto 1. y 2. del presente Estatuto y para coordinar los modos de acción a emplear. Las comunicaciones de tipo informativo se realizarán por medio de los Delegados.

  5. En lo que respecta a ceremonial, básicamente, se realizarán las ceremonias que se indican a continuación, dentro de la orientación que se fija para cada una de ellas.

  6.  Ceremonia del Día del Arma y su venerado patrono.

    El JEMGE presidirá únicamente la ceremonia central del Día del Arma que se realizará cada 5 años. Independientemente de lo determinado, el Día del Arma que no tenga carácter de ceremonia central será celebrado en las fechas correspondientes en forma descentralizada y por guarnición en donde tenga su asiento la unidad, elemento u organismos del Arma. Cada Comisión determinará en cuál de esas “ceremonias descentralizadas” otorgará el apoyo correspondiente para concretar la entrega de premios y reconocimientos previstos anualmente. Las distinciones al mérito, otorgadas por el Ejército, serán entregadas en representación del JEMGE por la Autoridad que preside dicha ceremonia.

  7. Ceremonia de recepción a los Generales recientemente promovidos procedentes del Arma.

  1. Autoridad que preside.
    Presidente del Consejo Superior del Arma respectiva.

  2. Lugar de la ceremonia.
    Unidad histórica del Arma.

  1. Ceremonia de ascenso de Suboficiales Mayores recientemente promovidos.

  1. Autoridad que preside
    Presidente del Consejo Superior del Arma.

  2. Lugar de la ceremonia
    Unidad histórica del Arma.